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Ley de vacunas: obligatorio no significa sin consentimiento

Ley de vacunas: obligatorio no significa sin consentimiento

Este miércoles 5 de mayo se aprobó la Ley Nacional de Vacunas en la Cámara de Diputados, un proyecto de ley sometido en el Senado por Faride Raful, Bauta Rojas, Lía Díaz, Melania Salvador y Ginette Bournigal. El proyecto fue estudiado en la Cámara de Diputados por la Comisión de Salud, conformada por 15 diputados y diputadas, entre los que se encuentran los profesionales de salud Moisés Ayala (PRM), Francisco Alberto Díaz (PRM), María Fernández (PLD), Ramón Ceballo (PRM), Jhonny de Jesus Medina Santos (PRM) y Magda Rodríguez (PLD) 

La ley es necesaria debido a que el país no contaba con una regulación de los programas de vacunación. El Presidente de la Comisión de Salud, afirmó en los debates que con esta ley se avanzaría en la disminución y erradicación de brotes como Tosferina y Difteria, al tiempo de que se abrían las puertas para la medicina preventiva en el país. 

A pesar de la importancia de la ley, lo que trascendió en los medios fue que los diputados habían aprobado una ley que obligaba a los dominicanos a vacunarse, sin embargo, esta información puede ser considerada engañosa, debido a que siempre han existido programas de vacunación para inmunizar a la población de forma gratuita, obligatoria y en todo el territorio nacional, contra enfermedades como el Polio, el Sarampión, la Papera y la Hepatitis B. Estas vacunas son requisitos para estudiar y para viajar, sin embargo, la obligación no sustituye el consentimiento, pues antes de recibir una vacuna, debe haber un consentimiento por parte del vacunado o de sus padres y/o tutores en el caso de los menores de edad.

Entremos en detalles.

¿Cuál es el objetivo de la ley? 

La Ley Nacional de Vacunas tiene como objetivo garantizar vacunas a la población contra enfermedades prevenibles por estas, a través de la regulación y promoción de mecanismos que garanticen en todas las instituciones públicas y privadas la adquisición de vacunas, sus insumos y equipos, su abastecimiento, disponibilidad, distribución, conservación, prescripción y aplicación de las mismas de acuerdo a los esquemas nacionales de vacunación.

El doctor y miembro de la comisión Ramón Ceballo (PRM), exponía en el hemiciclo que la importancia de la ley de vacunas en el país era lograr cobertura de vacunación contando con respaldo político, independientemente de los cambios de gobierno. 

Dentro de las especificaciones que agrega la ley está la de las tarjetas de vacunación, ya existentes pero no reguladas en la Ley General de Salud. La nueva ley dice que toda persona deberá contar con una tarjeta de vacunación, que será requerida para: 

•La matriculación en instituciones educativas, así como en guarderías y estancias infantiles al principio de cada ciclo escolar

•Para los trabajadores de salud

•Para los funcionarios y empleados del Estado y empresas privadas vinculadas a la seguridad social

•Para prestar servicios en instituciones policiales, militares, bomberos y otros

•Para trabajar en el sector turismo 

•Para viajeros internacionales cuando viajen a zonas de riesgo

El diputado Diómedes Rojas, miembro de la Comisión de Salud, afirmó en el hemiciclo que uno de los grandes aportes de la ley era la regulación de los programas de inmunización existentes: “Aquí siempre ha existido el programa ampliado de inmunización en Salud Pública. Solamente ahora se va a regular con una ley que no existe. No existe una ley que regule esos programas de inmunización que siempre se han llevado a cabo.” Es decir, el tema de las vacunas obligatorias no es ninguna novedad.

Obligatorio no significa sin consentimiento

La Ley General de Salud 42-01, establece que es responsabilidad del Ministerio de Salud garantizar a las poblaciones correspondientes las vacunas obligatorias, aprobadas y recomendadas por la Organización Mundial de la Salud y los organismos nacionales competentes. Esta ley, promulgada hace 20 años, también establece que son obligatorias las vacunaciones y las revacunaciones que el Ministerio de Salud ordene. 

En República Dominicana, igual que en países con condiciones epidemiológicas similares, existen programas de inmunización para ser utilizados en todo el territorio nacional con carácter gratuito y obligatorio para los niños y niñas. Estos programas, han ido ampliándose conforme pasan los años. 

En el 2016 se incorporó la vacuna contra el virus del Papiloma Humano al esquema básico de inmunización con carácter obligatorio para las niñas de 9 años. Unos años más tarde, en el 2018, se incorporó la vacuna contra el sarampión, la rubéola y las paperas al Esquema Básico del Programa Ampliado de Inmunización con carácter obligatorio para niños de 12 a 23 meses de edad. Sin embargo, se requiere del consentimiento de los padres o tutores en el caso de los menores de edad para la aplicación de estas vacunas. La ley no contempla sanciones para personas que no se vacunen. 

¿Cuál fue el desacuerdo entre algunos diputados? 

La ley, en su artículo 45, establece una serie de infracciones, entre ellas obstaculizar las acciones de vacunación, desviar recursos asignados a los procesos de vacunación, vender u obtener beneficios por las entregas de las vacunas, expedir tarjetas falsas, suministrar vacunas en establecimientos no autorizados y el daño de biológicos. 

El diputado Elías Wessin (PQDC), quien dijo que estaba a favor de la aprobación del proyecto, proponía agregar el siguiente texto al artículo de la Ley de Vacunas que establece las infracciones considerando que esto no restaba: 

“Quedan exceptuadas de las disposiciones de este artículo y sus numerales, las personas que de manera voluntaria opten por no vacunarse.”

El diputado alegaba que enriquecía la ley desde el punto de vista constitucional y que si bien hay vacunas necesarias para viajar, pueden haber ciudadanos que opten por no vacunarse y por no viajar. “Estoy hablando de las sanciones específicamente, porque establece sanciones genéricas. Dice: “Aquel que obstaculiza un proceso de vacunación”, si yo en las redes digo que no es buena esa vacuna, estoy obstaculizando, me pueden someter por eso. Entonces eso no se puede dejar a la libre apreciación de un Ministerio Público.” afirmaba el diputado en las reuniones con la Comisión de Salud.

La propuesta de Elías Wessin encontró la oposición de varios diputados de la Comisión de Salud, quienes decían que esta era innecesaria y que contradecía la Ley General de Salud que hablaba de obligatoriedad: 

“Muy bien dice por ahí que el bienestar colectivo debe de primar por encima del bienestar individual. Entonces, yo entiendo que deberíamos de aprobar esto tal y como está. El que no se la quiera poner que no se la ponga. Pero poner un acápite y salir a abrir una brecha para que aquellos que están medio dudosos, justifiquen el derecho a no ponérsela.” Afirmaba el diputado Jhony de Jesús Medina (PRM) en la reunión de la comisión con el diputado Wessin. 

“En ningún momento la ley dice de que el que no se pone la vacuna va a ir preso. No podemos valernos de falsedades. Ese artículo 45 no habla de que se va a meter preso a nadie.” Afirmó Diómedes Rojas (PRM) en la discusión en el hemiciclo, calificando la modificación de innecesaria.

“La salud es responsabilidad del Estado dominicano. En ninguna parte dice que es obligatorio, pero nosotros no podemos dejar esta ley y hablar como si fuera nada más la vacuna del COVID, es una ley general de vacunas. Es para todo (..) Todavía en la RD tenemos lepra, algo que en el mundo tiene más de 100 años erradicado. No podemos dejar al simple capricho de una persona que tal vez le tenga fobia a una jeringa una inyección y siga infectando, contaminando.” Afirmó Moisés Ayala (PRM) también en las discusiones del hemiciclo.

Ramón Ceballo, en el hemiciclo, defendió la vacuna frente a voces que calificó sin fundamento: “Antes de que una vacuna sea autorizada es porque se ha determinado que los beneficios de esa vacuna superan los riesgos o posibles riesgos de esa vacuna. Ese procedimiento es el mismo que se utiliza hace 45 años (…) He observado en diferentes escenarios con preocupación que se hayan alzado voces sin fundamento muchas veces científico alguno que se oponen a acciones como el proceso de vacunación o las vacunas en sí (…) cuyo efecto es beneficioso para la población porque ya está demostrada.”

La propuesta de Elías Wessin fue rechazada en el hemiciclo con 74 votos en contra y 38 a favor. Sin embargo, el proyecto ahora deberá ser aprobado en segunda lectura en medio de los prejuicios generados en la ciudadanía a nivel mediático y de forma injustificada.

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