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19 partidos políticos con menos del 1% del voto continuarán siendo financiados

19 partidos políticos con menos del 1% del voto continuarán siendo financiados

Tras las elecciones pasadas, muchos pensamos que el gran tablero político había sido sacudido con fuerza y que tres cuartas partes de sus jugadores, por no haber alcanzado el 1% del voto, quedarían fuera del terreno de juego. En la víspera del 5 de julio nos fuimos a acostar en un país con un sistema partidario prolífico compuesto por 27 partidos políticos y la idea de que estos podrían ser reducidos a tan sólo 7, a raíz de estos resultados electorales, presentaría un cambio sin precedentes. La eliminación de 20 partidos—que obtuvieron menos del 1% de los votos—hubiese terminado de desnudar la grave crisis por la que atraviesa el sistema de partidos y la casi nula representatividad de la mayoría de sus actores. Sin embargo, una resolución de la Junta Central Electoral (JCE) del 6 de agosto, permite que todos, menos uno, conserven su personería jurídica o reconocimiento.

Cuando se sostuvieron las caldeadas discusiones sobre la Ley de Partidos, previo a su aprobación en el 2018, nadie previó las importantes consecuencias que este nuevo régimen tendría sobre la condición legal de la mayoría de los partidos políticos. El debate y toda la atención, de tanto la opinión pública como de los partidos, siempre se centró en la modalidad de las primarias; mientras que temas tan importantes como la pérdida de la personería jurídica contemplada en el artículo 75 se relegaron a un segundo plano, por lo que no es sorprendente las quejas y enfados que suscitó esta disposición post-elecciones.

¿Qué exactamente dice este artículo?  Los partidos políticos se verán privados de su personería jurídica o reconocimiento, de no cumplir con UNO de los siguientes requisitos: 

(1) No haber obtenido al menos el 1% de los votos válidos emitidos en las últimas elecciones.

El reconocimiento de los partidos políticos los catapulta como actores políticos con deberes y derechos, incluyendo el más básico, el derecho a elegir y ser elegido consagrado constitucionalmente. Sin embargo, la no existencia de ciertos controles como un porcentaje mínimo de votos, incentiva la proliferación de partidos, en especial aquellos sin vocación de poder que acuden a las elecciones aliados, con el propósito de recibir el privilegiado financiamiento público y, en algunos casos, colocar algún candidato(a) en una posición con mayores probabilidades de ganar. 

A la larga, esto corroe el tejido democrático, ya que oxigena proyectos personales de enriquecimiento a costillas de los recursos públicos en lugar de proyectos de gobierno y una representación auténtica de un segmento poblacional. 

(2) No haber obtenido representación congresual o municipal. 

Según el régimen electoral anterior, en base a la Ley Electoral del 1997, pese a tener un umbral más alto y requerir el 2% de los votos válidos, bastaba con tener representación municipal o congresual para preservar la personería jurídica. Es decir, era suficiente obtener representación municipal (regidor, alcalde, vocal o director(a) municipal) o congresual para ser un partido reconocido legalmente. Por tanto, tras los comicios del 2016 ningún partido político perdió personería jurídica.

En la nueva legislación, el incumpliento de uno de los dos (el porcentaje mínimo de votos y falta de representación) envía al partido al pabellón de los desfinanciados. 

(3) No haber participado en dos elecciones sucesivas.

(4) Por acto voluntario de los organismos internos del partido.

(5) Por fusión con uno o más partidos.

(6) Cuando concurra aliado y no gane representación.

Bajo la primera condicionante, 20 partidos hubiesen quedado eliminados por no haber obtenido más del 1% de los votos y estos son: BIS, MODA, PUN, Frente Amplio, PHD, PQDC, PCR, PLR, PUDC, PRSD, FNP, PPC, PAL, APD, PDI, PDP, PRI, PNVC, VERDE y PPC. 

Como partidos mayoritarios (aquellos que obtienen más del 5% de los votos) quedan el PLD y el PRM, y en contraposición, como minoritarios están el PRD y PRSC, que previo a este año eran partidos considerados “mayoritarios”, junto con Alianza País y DxC. Por otro lado, aunque es un partido reconocido oficialmente, la Fuerza del Pueblo (FP) se encuentra actualmente en un limbo jurídico entre partido mayoritario o minoritario por haber obtenido más del 5% en el nivel presidencial pero no haber sobrepasado este umbral en el promedio de los tres niveles (presidencial, senatorial y diputaciones). Sobre este tema, la JCE aún no se ha pronunciado y es previsible que sean las próximas autoridades quienes decidan sobre el caso.

Pero, ¿cuál fue la decisión de la JCE sobre los 20 partidos que obtuvieron menos del 1%?

La contradicción:

Según la Ley de Partidos los recursos económicos se distribuyen de la siguiente forma: (1) 80% en partes iguales entre quienes hayan alcanzado más del 5% de los votos válidos en la última elección, (2) 12% entre los que hayan alcanzado entre el 1% y el 5%, y (3) el 8% restante entres los partidos entre 0.01% y el 1% de los votos (art.61). Este último numeral es evidentemente contradictorio con la disposición que establece la disolución de partidos que no obtengan el 1% de los votos válidos (art.75).

Haciendo uso de la atribución que le confiere la Ley Electoral,de “decidir acerca del reconocimiento de nuevas organizaciones políticas, y conocer sobre la extinción y liquidación de los partidos políticos” (art.18), la JCE utilizó la contradicción contenida entre el art. 61 y 75 de la Ley de Partidos para decir que resulta absurdo que la ley le ordene otorgar financiamiento público a un partido y que al mismo tiempo le quite el reconocimiento y liquide sus fondos. También que no es posible que un partido que haya ganado un curul en el Congreso o algún ayuntamiento, de repente deje de existir. 

Por lo que, la JCE decidió que el requisito supremo a tomar en cuenta para mantener la personería jurídica es haber obtenido representación en alguno de los niveles de elección. Es decir, como estaba dispuesto en el régimen electoral anterior (Ley Electoral 1997). Además, consideró como válida la representación municipal o congresual obtenida mediante alianza (no solo las de candidaturas propias). 

El único partido que no obtuvo ni representación municipal ni congresual fue el Partido Demócrata Institucional (PDI), por lo que es el único en perder su reconocimiento. 



Y es así como lo que pudo haber sido un gran avance en la consolidación de un sistema de partidos más democrático y representativo, terminó siendo, una vez más, otro golpe a la institucionalidad y la voluntad soberana de todos los que se presentan con esperanzas cada 4 años en las urnas. Las consecuencias directas de esta decisión es que durante estos próximos 4 años se continuará financiando comercios electorales, no partidos con verdadera vocación de poder. Resulta irónico que la misma resolución que expresa que “la finalidad esencial de los partidos políticos  es consolidar mayorías a los fines de que éstas se expresen de manera favorable o no respecto de las propuestas de candidaturas presentadas”, traicione estos propósitos oxigenando los proyectos de grupos particulares. 

Estos 20 partidos (19 de los cuales han sido reconocidos) le costaron al Estado dominicano y sus contribuyentes, sólo en la asignación presupuestaria extraordinaria previo a las elecciones de julio, 173 millones 708 mil pesos. Adicional a esto, se les atribuyó para el año 2020 485 millones 573 mil pesos, lo que equivaldría a un total de 659 millones 281 mil pesos para este año electoral. Sin dudas, una cifra considerable y que no se equipara con la contribución en términos reales de propuestas y educación y capacitación política que estos hacen a la sociedad.

En fin, a raíz de estas decisiones tomadas sobre la configuración del sistema de partidos tenemos por un lado, la continuación del financiamiento de casi una veintena de partidos que reflejaron menos del 1% de la voluntad popular, y por otro, una mayor concentración del poder político y de los recursos del Estado en dos partidos mayoritarios, el PLD y PRM, y quizás tres si la FP corre con suerte. Esto necesariamente significa que el bipartidismo existente en la República Dominicana, actualmente encarnado por el PRM y el PLD, se verá necesariamente profundizado y que continuaremos siendo testigos de negocios y acuerdos tras bastidores entre los partidos mayoritarios y aquellos que son minúsculos. 

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