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Abinader ya puede reelegirse: La reforma estatutaria del PRM explicada

Abinader ya puede reelegirse: La reforma estatutaria del PRM explicada

Este domingo 30 de enero se celebró la Convención Nacional Extraordinaria de Reforma Estatutaria del PRM. En esta, se ratificó la aprobación de los nuevos Estatutos del partido, que ya fueron previamente aprobados el pasado 8 de diciembre del 2021 por la Dirección Ejecutiva. 

El PRM fue fundado en el 2014. Sus Estatutos fueron una adaptación de los Estatutos del PRD, partido del que surgen. En estos, se planteaba la prohibición de la reelección presidencial hasta tanto sea discutida en un Congreso del partido. 

Después de la fundación del partido, entraron en vigencia varias normativas electorales en el país: la Ley de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos y la modificación de la Ley Orgánica del Régimen Electoral. 

Bajo el alegato de que el partido debía armonizar sus Estatutos con estas leyes y con la Constitución dominicana, se cambió el artículo de la reelección para permitirla por dos períodos consecutivos y nunca más. 

Artículo 149.- Postulación de un Presidente de la República del Partido.

El presidente de la República tiene la opción de aspirar a un segundo período constitucional consecutivo y no podrá postularse jamás al mismo cargo ni a la Vicepresidencia de la República. 


Con este cambio, Luis Abinader ya no tendría ninguna traba interna para reelegirse. 

Otros cambios en los Estatutos


Según Eddy Olivares, presidente de la reforma estatutaria, los cambios harán más eficientes y transparentes el funcionamiento del partido y les permitirá reconquistar sectores que han sido abandonados por los partidos políticos. Los nuevos Estatutos incluyen lo siguiente: 

•Se ratifica el Socialismo Democrático como ideología partidaria.

•Se incorpora la categoría de “simpatizantes” para ciudadanos que no militen en otros partidos y quieran apoyar al PRM.

•Se suprime la Comisión Política (de 150 miembros) y se sustituye por la Dirección Ejecutiva (60 miembros). 

•Los vicepresidentes que eran 21, quedan reducidos a 3, igual que los subsecretarios generales.

•En los anteriores Estatutos se establecía una cuota de participación de la mujer para candidaturas a cargos de elección y en los organismos del Partido de por lo menos un 33%. En los actuales Estatutos ninguno de los géneros tendrá menos del 40% ni más del 60%.

•Se crean los cargos de Coordinador Ejecutivo de la Presidencia y Coordinador Ejecutivo de la Secretaría General.

•Se crean la Comisión Nacional y comisiones locales de Ética y Disciplina.

•Se tipifica como una falta muy grave la violencia cometida por un miembro del partido contra una mujer, la cual será sancionada con la suspensión del partido. 

•Se dispone que el afiliado contra el que en un tribunal se dicte auto de apertura a juicio por cometer cualquier delito de corrupción tipificado en las leyes dominicanas o de un crimen que conlleve la imposición de una pena privativa de libertad, quedará suspendido de su militancia hasta que intervenga una sentencia con autoridad que declare su inocencia.  

•Se crea la Secretaría de la Comunidad Dominicana en el Exterior

•Crean el Frente Nacional de Mujeres Revolucionarias Modernas y de Jóvenes Revolucionarios Modernas. Serán autónomas. 

•Los bufetes directivos de la Cámara de Diputados y del Senado, serán elegidos por la Dirección Ejecutiva después de haber escuchado a los aspirantes. Los/as voceros/as, vice voceros/as y secretarios/as, serán elegidos por los/as senadores/as y diputados/as. A estos, anteriormente los escogía también la Dirección Ejecutiva. 

•Para ocupar la presidencia, vicepresidencia, secretaría general y subsecretaría general nacional, será indispensable tener una militancia ininterrumpida mínima de 5 años. En los demás niveles, se requerirá tener una militancia mínima de 3 años ininterrumpida.

•Para ser miembro de la Dirección Ejecutiva se requerirá una militancia mínima ininterrumpida de 4 años. 

Incidentes


Fausto Herrera, en representación de los frentes sectoriales del PRM, pidió la palabra en medio del evento. Esta le fue otorgada tras un rato de discusiones.

Pidió que, de no ser suspendida la asamblea por no cumplir con el debido proceso de discutir los nuevos Estatutos con la Comisión Política, se reponga lo establecido en los Estatutos actuales con respecto a la permanencia de la Comisión Política como máximo organismo ejecutivo del partido. En los anteriores Estatutos, la Comisión Política estaba conformada por 150 miembros, incluyendo a los miembros de los Frentes Sectoriales. En los actuales Estatutos, la Dirección Ejecutiva no incluiría a los Frentes Sectoriales. 

Esta propuesta fue rechazada en la asamblea.  

Previo al evento, dirigentes del partido sometieron que se revoque la reforma estatutaria del PRM debido a que en el artículo 153 se plantean tres formas distintas de elegir a sus autoridades (Voto Universal, Convención de Delegados y Asamblea de Dirigentes). Miguel Severino, candidato a la presidencia, acusó a Paliza de querer perpetuarse en el poder y de sobornar a los dirigentes pidiéndoles que renuncien a sus aspiraciones a cambio de un sueldo. 

Esta demanda fue declarada inadmisible por el Tribunal Superior Electoral.

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