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¡El Derecho a la ciudad no puede esperar más!

¡El Derecho a la ciudad no puede esperar más!

Por: Eudy Alberto Jiménez

El derecho a la ciudad es el que tenemos todas y todos las habitantes, presentes y futuros, permanentes y temporales, a habitar, utilizar, ocupar, producir, transformar, gobernar y disfrutar ciudades, pueblos y asentamientos urbanos inclusivos, seguros, justos, sostenibles y democráticos [1]. Este busca crear un espacio cultural y político que responda a necesidades humanas producto de la expresión de las voluntades colectivas, que brinde acceso a los espacios públicos y que garantice servicios públicos de calidad.

El concepto "derecho a la ciudad" fue utilizado por el filósofo francés Henri Lefebvre en su libro "El derecho a la ciudad” en 1967 como el derecho de los habitantes urbanos a construir, decidir y crear la ciudad, y hacer de esta, un espacio privilegiado de lucha anticapitalista. El pensamiento de Lefebvre plantea la ciudad como una alternativa a la enajenación y a la despolitización que el urbanismo moderno, promovido por los Estados, había producido en la sociedad y busca“rescatar el hombre como elemento principal, protagonista de la ciudad que él mismo ha construido”[2].

Un hito importante para el derecho a la ciudad ha sido la formulación de la Carta Mundial por el derecho a la ciudad articulada por Habitat Internacional Coalition (HIC), quién contribuyó a su formulación y negociación en el Tercer Foro Social Mundial realizado en Porto Alegre, Brasil, en 2003. Es importante destacar que la iniciativa surge desde la sociedad civil organizada, en una discusión que se ha mantenido desde los años setenta, en los que han participado instancias internacionales y diversos gobiernos municipales.

Esta carta busca precisar los compromisos y medidas que deben ser asumidos por los gobiernos locales y nacionales, la sociedad civil, así como otras instancias articuladas, para que todas las personas vivan con dignidad en el contexto urbano. El derecho a la ciudad significa garantizar ciudades y asentamientos urbanos libres de discriminación por motivos de género, orientación política, religiosa, sexual, edad, condición migratoria, racial, cultural o económica, con una mayor participación política, con ciudadanía inclusiva y con un gobierno que cumpla con sus funciones sociales. Esto supone otros derechos como la seguridad social, transporte público, energía eléctrica, agua potable y acceso a la justicia.

En este contexto, el derecho a la ciudad presenta dos connotaciones: por su carácter físico está organizada como espacio urbano o rural organizado institucionalmente como unidad local de gobierno municipal y como espacio político, la ciudad es el conjunto de actores e institución es que intervienen en su gestión.

La Ciudad de Santo Domingo ha sido una ciudad abandonada a su suerte en términos de política social, espacios públicos y movilidad urbana, tenemos aún mucho que recorrer en términos de derechos sociales, en participación política, en transporte público organizado y espacios públicos accesibles y funcionales.

¿Qué tanto hemos avanzado? En este contexto, en los últimos dos años se han aprobado una serie de ordenanzas como la No. 5/2020 que promueve la implementación de ciclo-rutas con el objetivo de promover e incrementar el uso de bicicletas como un modo de transporte integrado al sistema de movilidad de la ciudad.

Por su parte, la ordenanza No. 6, del 27 de mayo de 2020, fija límites de velocidad de treinta y cinco (35) kilómetros por hora al tramo del Malecón de Santo Domingo, en la Avenida George Washington, en el tramo comprendido entre la Avenida Enrique Jiménez Moya hasta el puente flotante, y de un límite de velocidad de cuarenta (40) kilómetros por hora, en el tramo del malecón de Santo Domingo de la Autopista 30 de mayo, entre la Avenida Enrique Jiménez deMoya y la Avenida Luperón. Este plan debe ir acompañado de señalización vertical y horizontal y un plan de comunicación efectiva a la población. A más de un año de su aprobación, la referida ordenanza no ha sido implementada.

Una de las mas importantes ordenanzas que ha dictado la alcaldía es la No. 15/2020 que adopta una agenda municipal de desarrollo inclusivo y la accesibilidad al medio físico para el Distrito Nacional como herramientas para promover la igualdad de derechos entre las personas; que incluye, sin desmedro de otras acciones: implementar un padrón municipal de personas con discapacidad que deseen registrarse para fines de asistencia, incidir en los organismos competentes para asegurar condiciones de accesibilidad en las edificaciones escolares, someter a certificación de accesibilidad los espacios y edificaciones municipales e implementar señalización accesible. Existen otras ordenanzas, como la No. 01/2021, que aprobó la priorización y protección de la movilidad peatonal en el Distrito Nacional.

A pesar de que se ha avanzado en la aprobación de normativas, falta mucho por hacer en términos de crear condiciones para que la Ciudad de Santo Domingo se convierta en una ciudad accesible, donde se pueda crear y transformar los espacios públicos en espacios de integración, en modernizar y crear un transporte público colectivo, en un arbolado adecuado a las condiciones climáticas de la ciudad, en implementar seguridad ciudadana, en construir aceras y parques adecuados para el uso de los y las ciudadanas y en promover espacios libres de discriminación.

¡El derecho a la ciudad no puede esperar más!, debemos construir una ciudad que garantice derechos y bienestar para el colectivo ciudadano, desarrollar y ejecutar un plan estratégico que garantice una ciudad mas humana y un plan de ordenamiento territorial sostenible, pero mas importante aún, un accionar político que articule los intereses propios de la colectividad local.

Como ciudadanos y ciudadanas de Santo Domingo debemos estar vigilantes y atentos a las ordenanzas aprobadas y exigir su cumplimiento, participar en los espacios de integración, en las vistas públicas y hacer uso del ejercicio pleno de nuestros derechos, y exigir a la ciudad el compromiso social de planificar, producir y gestionar de forma equitativa y sostenible.

[1] Habitat International Coalition. Agenda del Derecho a la Ciudad.[2] Henri Lefebvre. El Derecho a la ciudad.

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