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Todo sobre la Ley General de Residuos Sólidos

Todo sobre la Ley General de Residuos Sólidos

El proyecto de Ley General de Gestión Integral y Coprocesamiento de Residuos resurge en el debate actual sobre la urgencia de modernizar nuestro sistema, o ausencia de, basado en la disposición desmesurada de residuos en vertederos a cielo abierto. Esta ley, cuya figura fue creada por la Ley General de Medio Ambiente hace 20 años, estuvo propuesta inicialmente en el 2004 por el diputado David Herrera, del PRD, y luego se unieron los co-proponentes Santo Inylcicio Ramírez, del PRM, y Ana Mercedes Rodríguez de Aguasvivas, del PLD. 

El proyecto pasó largos años adormecido en la Cámara de Diputados hasta que la tormenta Beryl y las impactantes imágenes del malecón de Santo Domingo desbordado en toneladas de basura provenientes del río Ozama llegaron a la prensa internacional en julio del 2018 e incitaron a los legisladores a actuar para aprobarlo. Posterior a esto, ha sido aprobado en dos otras ocasiones en la cámara baja, incluyendo el pasado 6 de febrero cuando fue aprobado a unanimidad entre los 108 legisladores presentes. También ha sido sometido a innumerables revisiones dentro de las comisiones de medio ambiente, a vistas públicas y al escrutinio de actores sociales y económicos; sin embargo, no ha logrado salir del Senado de la República donde espera acogimiento en la legislatura actual.

La importancia de esta ley, entre otras cosas, recae en el rol que se le atribuye para “fomentar la reducción, reutilización, reciclaje, aprovechamiento y valorización” (Art.1), que nos permitiría pasar de una economía lineal en la que los recursos naturales son utilizados para crear productos que luego son descartados, a una economía circular en donde los residuos vuelven a la cadena de valor mediante incentivos y obligaciones contemplados en la ley. 

Para tales fines, este proyecto crea una estructura organizativa dependiente del gobierno central, específicamente del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales (MIMARENA), por lo que veríamos un mayor control y supervisión del Estado sobre lo que es una de las atribuciones más importantes de los ayuntamientos. Se crea el Sistema Nacional para la Gestión de Residuos (SINGIR) que coordinaría las instituciones y municipios y haría las recomendaciones de lugar para que todo el país pueda desarrollar equitativamente un sistema de gestión integral de residuos sólidos. También se instituye la Dirección General para la Gestión Integral de los Residuos (DIGIRE), que sería la unidad responsable de la implementación, desde permisología hasta sanciones, de las disposiciones legales. Además, todos los programas y proyectos estarían regidos por los lineamientos y prioridades planteados en el Plan Nacional de Gestión Integral de Residuos, cuyas metas a largo plazo (10 años) servirían de base para la toma de decisiones a nivel nacional y local.

La peculiaridad de este proyecto es que, si es aplicado a cabalidad, promete dar un cambio de 360 grados a la gestión de residuos ya que toma en cuenta los avances en forma de pensamiento—el paradigma actual es más holístico e integra nuevos actores— y tecnológico—presume la inclusión de maquinarias y equipamientos de tratamiento—que se han venido realizando desde hace décadas a nivel internacional y en el cual República Dominicana ha quedado rezagado. De allí se derivan una serie de innovaciones que hemos clasificado por temas debajo: 

Responsabilidad Extendida

La responsabilidad extendida es un principio ambiental y régimen de gestión de residuos mediante el cual los productores, importadores y comercializadores tienen la responsabilidad durante todo el ciclo de vida de sus productos, incluyendo las fases post-industrial y post-consumo. Actualmente, una vez son depositados en el mercado, las empresas no responden por los costos ambientales de sus residuos. En este escenario alternativo, una empresa de bebidas gaseosas, por ejemplo, estaría en la obligación de someterse a un régimen de manejo adecuado de sus residuos, compensando por el impacto ambiental que generan a través de alguna de las siguientes acciones: programa de recuperación, reuso, reciclaje o aprovechamiento; sistema de retorno del envase con devolución monetaria al consumidor; re-diseño de sus envases para generar menos residuos o facilitar su reutilización o aprovechamiento y alianzas con los ayuntamientos para mejorar los sistemas de gestión y recolección. 

Este régimen no aplica para todos los productos, sino para aquellos que son reconocidos como prioritarios por el MIMARENA y cuyos residuos sean de manejo especial. Estos últimos son aquellos generados en los procesos productivos, que no son de carácter peligroso, tienen un volumen de generación significativo y son difíciles de tratar y/o disponer. Algunos ejemplos incluyen: aceites lubricantes; pilas y baterías; plaguicidas, neumáticos, eléctricos y electrónicos, envases y embalajes y polietileno expandido (foam). 

Educación

Este proyecto estipula que es obligatoria la separación de los residuos al momento de su generación, es decir, cuando vayan a ser descartados. La separación que pondera es la fórmula más simple, la que divide el material en orgánico e inorgánico, aunque también se incluye, en los casos donde aplique, la necesidad de separar previamente los residuos peligrosos y de manejo especial. Para esto, los ayuntamientos y distritos municipales juegan un rol esencial y tienen la responsabilidad de realizar campañas educativas y de sensibilización para fomentar la cultura de separación. 

Además, los ayuntamientos deberán ofrecer capacitaciones que servirán de vehículo para que microempresas y organizaciones sociales ligadas al manejo de residuos se desarrollen y fortalezcan y puedan incorporarse al sistema de gestión. Entre los actores sociales cuya participación es imprescindible están los recicladores de base y las organizaciones comunitarias de mujeres. 

Con miras a crear esta cultura de aprovechamiento, también se promoverá el desarrollo de mercados verdes públicos, destinados a la venta de productos certificados como elaborados de material reciclado que sean de fabricación tanto nacional como importados. 

Las instituciones educativas, en su nivel primario y secundario, incluirán formalmente en su currículo educativo la promoción y educación sobre reciclaje, aprovechamiento y valorización de residuos junto a ejercicios prácticos para trabajar estos temas desde una temprana edad.

Sostenibilidad Financiera

Este proyecto crea un fideicomiso para la gestión de residuos sólidos, que incursionará en el mercado hipotecario y que estará compuesto por todos los fondos provenientes de multas, tasas, transferencias y aportes contemplados en este proyecto de ley. Los fondos se destinarán, entre otras cosas, a mitigar los efectos negativos de la actual disposición de residuos y a desarrollar el sistema integral de gestión. Esto indica entonces que la centralización de la gestión de residuos no será solo de sus órganos ejecutivos y administrativos sino también del aspecto financiero. El fideicomiso es, según el proyecto, de donde provendrán los pagos a los sitios de disposición final, relleno sanitario y plantas de aprovechamiento, a diferencia de pagos provenientes del presupuesto municipal como funciona actualmente.

Los ayuntamientos y distritos municipales, por su lado, continuarán ejerciendo su función actual de fijar tasas o impuestos a los usuarios (personas y empresas) para proveer los servicios de recolección, transporte y manejo de residuos, basado en la cantidad y calidad de los residuos. Para garantizar el autofinanciamiento que figura la ley, estos pagos deberán reflejar la realidad del costo operativo del manejo integral de los residuos.

A nivel nacional, se aplicará una contribución especial obligatoria anual a todas las personas y empresas en base a sus ingresos que se transferirá al fideicomiso. En la tabla debajo presentamos el monto que deberá ser pagado por rango de ingresos anuales.

Nivel de IngresosMonto Contribución Especial
RD$0 – RD$1,000,000RD$500
RD$1,000,001 – RD$8,000,000RD$1,500
RD$8,000,001 – RD$20,000,000RD$5,000
RD$20,000,001 – RD$50,000,000RD$30,000

Además de cargas monetarias, se crean instrumentos económicos de incentivo como el bono verde. Este subsidio se destinaría a financiar o refinanciar proyectos considerados “verdes”. Calificarían para recibir estos beneficios aquellas inversiones que: reduzcan en más del 30% los gases de efecto invernadero; reduzcan el consumo de materia prima; creen tecnologías para transformar residuos en materia prima; se dediquen al aprovechamiento energético; cumplan con su responsabilidad extendida y los que utilicen residuos como combustible alterno.

También se estipula la exoneración impositiva durante 5 años del pago del 100% del impuesto sobre la renta, 100% de impuestos sobre sus activos y 100% de los aranceles e ITBIS de sus maquinarias a las personas o empresas que inviertan en plantas de valorización (aprovechamiento) de residuos.

Sanciones

El proyecto de ley es bastante explícito sobre el régimen de sanciones a aplicar según la gravedad del incumplimientos de las disposiciones; esta diferencia aquellas infracciones “muy graves”, “graves” y “menos graves”. 

En el caso de las infracciones muy graves, el MIMARENA sancionaría mediante la aplicación de, entre otras cosas, una multa de 100 hasta 1,000 salarios mínimos. Entre los actos punibles con esta medida se encuentran:

  • La omisión de información o la alteración maliciosa de datos administrativos para la obtener autorizaciones.
  • La no realización de las operaciones de limpieza y recuperación cuando un sitio haya sido declarado como contaminado.
  • Importar residuos peligrosos.

Por otro lado, a las infracciones graves le correspondería una multa de 25 hasta 99 salarios mínimos. Entre los actos punibles con esta medida se encuentran:

  • La entrada en el territorio nacional de residuos sólidos urbanos y de manejo especial procedentes de otro país, así como su salida.
  • La falta de etiquetado o el etiquetado incorrecto o parcial de los envases que contengan residuos peligrosos.
  • La creación de vertederos a cielo abierto.
  • La disposición de residuos, de manejo especial o peligrosos, en la vía pública, predios baldíos, barrancas, cañadas, ductos de drenaje y alcantarillado.

Modificaciones importantes 

Este proyecto de ley ha tenido importantes modificaciones a lo largo de los más de 15 años que lleva en el Congreso. Entre una de las más importantes se encuentra lo concerniente a las fundas plásticas y el polietileno expandido (foam). En una de sus versiones anteriores, establecía que “se prohíbe la entrega de fundas plásticas a partir de los veinticuatro meses de promulgada la presente ley”, mientras que en otro artículo determinaba que “queda prohibido el uso de todo tipo de envase de polietileno expandido, conocido como fon (foam), […] a partir de veinticuatro meses de la entrada en vigencia la presente ley”
En la versión actual hubo cambios en la redacción para sustituir los términos derivados de prohibición por uno más ambiguo, “reducción” de los residuos de fundas plásticas y foam. Adicionalmente, se aumentó a más del doble el tiempo de transición otorgado a las empresas para el cumplimiento de esta disposición y pasa de 24 meses a 60 meses, es decir, 5 años. Se le agrega además la revisión anual por parte del MIMARENA de los efectos generados por estos programas de reducción. Esta modificación implica que las empresas quedan exentas de la responsabilidad de eliminar estos materiales y se cuenta, en cambio, con su buena fe para reducir, sin parámetros ni metas especificadas, su uso.

Lo que dice la gente

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[…] este “guest blog” de nuestros aliados de “El Mitin“, entramos en detalle en el tema de la Ley General de Residuos Sólidos ¿De qué se trata […]

Lilliam Molina
Lilliam Molina
3 years ago

Se hace urgente y obligatoria la aprobación de esta Ley, es una cuestión de vida o muerte, tanto de los seres humanos como de toda la naturaleza.

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[…] importancia de esta ley radica en el fomento de la reducción, reutilización, reciclaje, aprovechamiento y […]

HECTOR ALMANZAR
HECTOR ALMANZAR
3 years ago

Seria mui importante iniciar con charlas a nivel municipal i de recintos educativos, con la participacion de ciudadanos preocupados por los problemas sociales i dar a conocer igualmente los diversos contratos municipales que se desarrollan, sin control legal, lo que es cuestionado con frecuencia, como resulta en San Francisco de Macoris, Prov. Duarte, Republica Dominicana

Bienvenido A. Peña Pichardo
Bienvenido A. Peña Pichardo
3 years ago

saludos mi inquietud va en si ya fue aprobada la ley , que Procedimiento esta contemplando en estos momentos de Pandemia que vive el mundo y si aquí en la republica dominicana los organismos que representan el medio ambiente tienen en sus agendas la solución o mas bien la categorización de las "mascarillas desechables" y cual seria su destino final sabemos que es un residuo peligroso .
Por otro lado estoy implementando un Sistema Educativo desde mi espacio como Docente y quisiera saber donde puedo dirigirme para poder extender el plan a distintas comunidades . gracias